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CARTA PORTE, ¿QUÉ ES Y COMO FUNCIONA?



En Pipas Bedolla hemos estado dando seguimiento a las condiciones aplicables para la incorporación del complemento Carta Porte, tanto a nosotros como a la mayoría de los transportistas en México implicaría un cambio importante en nuestras operaciones en caso de aplicarlo con las consideraciones que estaban vigentes antes del 24 de diciembre fecha en la que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que los contribuyentes tienen hasta el 31 de marzo 2022 como periodo de transición para emitir correctamente su factura electrónica con Complemento Carta Porte sin ser acreedores a multas y sanciones . Si bien esto da un respiro a muchos transportistas ya que se aplaza la fecha de obligatoriedad que era el 01 de enero del 2022 al 31 de marzo de 2022.


El complemento carta porte tiene como objetivo disminuir el contrabando de mercancías y mejorar la trazabilidad de los productos que ingresan y circulan por el país. Dicho documento pasara de papel a digital y sirve para registrar información tanto del transportista como del dueño de las mercancías, así como del medio y modo de transporte.


En el comunicado emitido por el SAT el 24 de diciembre del 2021 cabe destacar algunos puntos importantes que aclaran dudas que muchas empresas en el ramo del transporte como nosotros teníamos. En Pipas Bedolla el servicio que ofrecemos es el suministro de agua potable en nuestras propias unidades tipo pipa y solo se realiza de manera local en el estado de Querétaro, de acuerdo a dicho comunicado el documento carta porte no se requerirá para la circulación dentro de las ciudades , es decir si algún chofer hace entregas de sus propias mercancías o como servicio sin salir de su localidad no debería ser necesario emitir un comprobante con complemento Carta Porte .


Quienes utilicen vehículos de carga ligera para transitar en un tramo cuya longitud de carretera federal que no exceda los 30 kilómetros tampoco requiere emitir una factura electrónica con complemento Carta Porte, esta aclaración es importante debido a que antes de la publicación del 24 de diciembre se establecía la emisión del complemento Carta Porte siempre que se transite en carretera federal sin mencionar un tramo mínimo, lo cual es un gran avance para la gestión del transporte local.


Como dato adicional se debe estar siempre estar consiente que solo las autoridades federales como la Secretaria de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), Secretaria de la Defensa Nacional (SEDENA) , Secretaria de Marina (SEMAR) , Guardia Nacional y el propio SAT son las únicas facultadas para realizar revisiones en las que se requiera exhibir el CFDI con complemento Carta Porte, por lo cual ni la policía municipal , ni la estatal deberían solicitarla.


En los siguientes enlaces podrán ahondar entrar más en detalles con información fuente.

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